jueves, 10 de octubre de 2013

La nueva coletilla de los Juzgados: "Ope Legis"



La nueva coletilla de los Juzgados: 
“Ope Legis…”




Resulta desconcertante la práctica que se está extendiendo por los Juzgados de España en relación a utilizar la coletilla jurídica “Ope Legis” para salir del paso de algunas de las peticiones que los letrados les realizamos a diario.

El problema radica en que no se ponen de acuerdo, pues si de parte de los abogados esgrimimos el “Ope Legis” para que no sea necesario algún paso en el proceso, de seguro vamos a tener el no por respuesta.

Si partimos del significado del adaggio Jurídico “Ope Legis”, como presunción de hechos y derechos, que faculta a los sujetos a cuyo favor se da, a prescindir de la prueba de aquello que se presume cierto ope legis; Y lo ponemos en relación con la necesidad de firmeza de algunas de las resoluciones que dictan los Jueces y Secretarios, el descontrol empieza a ser inquietante.

Ponemos el ejemplo donde más lo hemos visto reflejado: la necesidad o no de firmeza de las tasaciones de costas a la hora de solicitar su ejecución.

Dice el  Artículo 242 de la LEC: Solicitud de tasación de costas 

1.      Cuando hubiere condena en costas, luego que sea firme, se procederá a la exacción de las mismas por el procedimiento de apremio, previa su tasación, si la parte condenada no las hubiere satisfecho antes de que la contraria solicite dicha tasación.

Y es aquí donde nos encontramos el problema, pues pudiera ser desestimada la ejecución por no haber sido declarada firme la resolución que determina las costas y cuando lo solicitas al tribunal, en prevención de ello, nos dicen que “Ope Legis” el mero transcurso de los plazo sin recurrirla la hace firme. (Contrariamente a lo que expresamente dice el art. 242 antes referido).
Hay muchos más casos donde los tribunales nos salen con estas, pero este ejemplo es lo suficientemente gráfico para ilustrar la inseguridad jurídica que vivimos en la Justicia de hoy en día en España y que nos lleva a pensar a diario sobre lo que queda de aquel Derecho Romano, del que además proviene el “palabro” Ope Legis.


¿Te ha pasado a ti? ¡Pues Coméntanoslo!


RuizReyAbogados