miércoles, 15 de mayo de 2013

Ley de protección de los deudores hipotecarios

Ley sobre medidas de protección de los Deudores Hipotecarios que entra en vigor en el día de hoy

Nota importante sobre dicha Ley:



     La nueva normativa recoge, entre otras, una medida de suma importancia
      Concretamente, en la Disposición transitoria cuarta de la ley, se prevé que, en el caso de ejecuciones en curso en el momento de la entrada en vigor de la ley en los que ya haya transcurrido el plazo de diez días para formular oposición, o bien esté ya iniciado ese plazo de diez días, los ejecutados dispondrán de un plazo preclusivo de UN MES, desde la entrada en vigor de la ley, para formular un incidente extraordinario de oposición basado en la existencia de cláusulas abusivas (la cual se recoge como nueva causa de oposición en la ley). Promovido dicho incidente, se suspenderá la ejecución hasta la resolución del mismo.

     El plazo es preclusivo, y transcurrido el plazo de un mes no se podrá alegar la existencia de cláusulas abusivas en las ejecuciones ya iniciadas. De tal manera que si estamos personados en una ejecución y ya ha transcurrido el plazo de diez días para formular oposición, o se ha iniciado dicho plazo, disponemos a partir de ahora de un mes para alegar la existencia de cláusulas abusivas.

          Entra en vigor hoy mismo, 14 de Mayo de 2013, día de su publicación la Ley 1/2013 sobre protección de los deudores hipotecarios.

            Aquí os la dejamos por ser de un extraordinario interés. 

          Contiene todos los requisitos para que durante dos años, desde la fecha de la promulgación, se puedan suspender dichas ejecuciones hipotecarias y los desahucios que conllevan.


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